Fecha Publicación: 01-09-2025
De guerrillas, fría o caliente, local, regional o mundial, el Derecho Internacional clasifica a la guerra en función de sus ámbitos como interestatal, intraestatal y supraestatal. Es una acción aberrante que confirma el temperamento conflictivo del género humano y la necesidad de conducir lazos entre las naciones con base en arreglos que limiten ánimos contenciosos. Al sustentarse en una visión pesimista y unidimensional de la historia, el conflicto bélico minusvalida la capacidad de cooperación entre los estados y desprecia su habilidad para interactuar como sociedad solidaria.
Sigue leyendo aquí