Publication Date: 24-04-2024
La ofensiva de las empresas para regular e incluso revertir el etiquetado frontal de advertencia en productos ha sido frenada en la Suprema Corte. Este lunes el máximo tribunal avaló por unanimidad de sus integrantes la constitucionalidad de las reformas a la Ley General de Salud y la Norma Oficial Mexicana 051 que obligaron la colocación de sellos de advertencia sobre azúcares, grasas y sodio en alimentos procesados y bebidas desde octubre de 2020. La Organización Panamericana de la Salud refiere que México ocupa el segundo lugar en ventas de productos ultraprocesados.
Se trataba de la tercera votación que negaba el amparo a empresas refresqueras y procesadoras de alimentos enlatados; en las sesiones del 8 y 9 de abril la Corte también determinó la constitucionalidad de las medidas. Dicho etiquetado busca proteger los derechos a la salud, a la alimentación nutritiva, a la protección del consumidor y el interés superior de la niñez.
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